TOLEDO.- El Diario Oficial de Castilla-La Mancha
(DOCM) publicó el pasado 21 de mayo la Ley de Autoridad del Profesorado,
aprobada en el Pleno de las Cortes el 10 de mayo, y cuya entrada en
vigor se debía tener lugar 20 días después de su publicación, es decir,
este domingo 10 de junio.
Esta norma de reconocimiento del profesorado, publicada en el DOCM, fue una de las promesas electorales que la
presidenta regional, María Dolores de Cospedal, realizó durante la
pasada campaña electoral.
Esta nueva ley recoge, entre otras cuestiones, que los alumnos de
Castilla-La Mancha o las personas relacionadas con ellos que causen
alguna agresión física o moral a un profesor deberán reparar el daño
moral causado mediante la "petición de excusas y el reconocimiento de la
responsabilidad de los actos".
El texto añade también que la concreción de las medidas educativas
correctoras se efectuará por resolución del director del centro
educativo público y por la titularidad del centro en el caso de centros
privados concertados, teniendo en cuenta las circunstancias personales,
familiares o sociales, la edad del alumno, la naturaleza de los hechos y
con una especial consideración a las agresiones que se produzcan en los
centros de educación especial, debido a las características del
alumnado de estos centros.
La Ley de Autoridad del Profesorado fija asimismo que los alumnos o
personas con él relacionadas que individual o colectivamente causen, de
forma intencionada o por negligencia, daños a las instalaciones,
equipamientos informáticos, incluido el software, o cualquier material
del centro, así como a los bienes de los miembros de la comunidad
educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo
del coste económico de su reparación o restablecimiento, cuando no medie
culpa 'in vigilando' de los profesores.
Asimismo, los alumnos, en su caso, deberán restituir los bienes
sustraídos, o reparar económicamente el valor de éstos. En todo caso,
quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los menores de edad
serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación
vigente.
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